Uno delos problemas mas recurrentes que he podido notar es que muchos emprendedores, que cuentan con un RUC y están en el régimen general; a través de sus contadores presentan sus declaraciones de tributos fuera del cronograma que se establece de manera anual.
Esto constituye una infracción ante el ente recaudador, que procederá a sancionar con una multa por no presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria, dentro de los plazos establecidos. La multa se calcula en base a las Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
He visto algunos casos en donde se realiza el pago de tributos en los bancos pero por descuido de los contadores, no se declara ante SUNAT en la fecha indicada. Esto también se considera como una falta y la multa será impuesta de todas formas.
No puedo dejar de agregar que SUNAT tiene hasta 6 años para revisar tus declaraciones y si es que detecta alguna que estuvo fuera de plazo, la multa se impondrá de todas formas. Es decir que si declaraste fuera de plazo en el año 2009, te puede llegar tu resolución de multa en el año 2013.
Por esta acción tan sencilla muchas empresas pueden empezar a amasar deudas que a mediano plazo pueden ser muy perjudiciales para la rentabilidad de la empresa. Es por esto que siempre es importante conocer cual es cronograma de obligaciones de tu empresa ante SUNAT y tener una comunicación fluida con el contador encargado de hacer las declaraciones.
Los tips que puedo brindar desde aquí son:
-Establece un Cronograma con las fechas exactas en las que debes presentar declaraciones de tu empresa ante SUNAT.
-Controla el pago y tus declaraciones a través de tu Clave Sol, en el portal de SUNAT.
-Si es necesario solicita un estado de adeudo ante SUNAT para que puedas pagar tus multas antes de que se te notifique (Esto hará que la multa tenga un descuento de 90%).
-Controla y supervisa que el encargado de las declaraciones las realice en los plazos establecidos.